SEGURO AGRARIO

ASEGURAMOS TU FUTURO

Su ámbito de aplicación se extiende a todas las parcelas de avellano, almendro, algarrobo, pistacho, pacano y nogal en plantación regular, tanto de secano como de regadío, situadas en todo el territorio nacional

Explotaciones Ganaderas

Seguro de retirada y destrucción de animales
muertos para explotaciones ganaderas

EXPLOTACIONES ASEGURABLES

Serán asegurables:
- En los Módulos 1 y 2: las explotaciones cuyo titular del seguro presente a su nombre la Solicitud Única de ayudas de la Unión Europea. Excepcionalmente, aquellas explotaciones que no dispongan de dicha solicitud, se admitirá certificado de las parcelas de almendro y avellano inscritas a nombre del titular en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA).

- En el Módulo P: todas las explotaciones dedicadas al cultivo de avellano, almendro, algarrobo, pistacho, pacano y nogal.

PERIODO SUSCRIPCIÓN

GARANTÍAS

Se aseguran las producciones de avellano, almendro, algarrobo, pistacho, pacano y nogal así como sus plantaciones.
I.1. GARANTÍA A LA PRODUCCIÓN
Para las plantaciones en producción se cubren los daños en cantidad ocasionados por los riesgos cubiertos especificados en el anexo I, sobre las producciones aseguradas.
Específicamente para el resto de adversidades climáticas para los cultivos de almendro y avellano, se garantiza para el conjunto de la explotación, la diferencia que se registre entre el valor de la producción garantizada y el valor de la producción real final, incrementada esta última con las pérdidas indemnizables de los restantes riesgos. En el caso del Módulo 1, se garantizan todos los riesgos cubiertos en el conjunto de la explotación.

I.2. GARANTÍA A LA PLANTACIÓN
Para las plantaciones de almendro, se compensarán las pérdidas que se indican a continuación por los riesgos cubiertos:
a) Muerte del árbol.
b) Si no se ha muerto el árbol, las pérdidas ocasionadas por daños en la estructura de sostén y productiva.
Para las plantaciones de avellano, algarrobo, pistacho, pacano y nogal, se compensarán las pérdidas que se indican a continuación por los riesgos cubiertos:
a) Muerte del árbol.
b) Si no se ha muerto el árbol, la pérdida de cosecha del año siguiente, por daños en la madera estructural y productiva de los árboles.
Se considerarán árboles muertos aquellos que hayan perdido más del 70% de su estructura de sostén y productiva.

I.3. GARANTÍA A LAS INSTALACIONES
Se cubren los daños ocasionados sobre las instalaciones, por los riesgos cubiertos especificados.

CAPITAL ASEGURADO

%
Producción Almendro y Avellano
%
Plantación Almendro
%
Algarrobo, Nogal, Pacano, Pistacho (Producción y plantanción)
%
Instalaciones

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